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Brinda servicios legales a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, radicadas en Cuba y en el exterior, referidos a asistencia y representación ante los Organismos del Estado, Tribunales, Fiscalías, Cortes de Arbitraje, en todas las ramas del Derecho, así como servicios notariales, trámites migratorios y documentales y la venta de Pólizas de Seguro.

SUCURSAL SANCTI SPÍRITUS

Dirección: Independencia No.39, altos sur, e/ Ernesto Valdés Muñoz y Cervantes, Sancti Spíritus. / Teléfono: 4132 8448 y 4132 8449

OFICINA TRINIDAD

Dirección: Calle Frank País no.268 esq. Colón, Trinidad / Teléfono: 4199 6724

HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO

LUNES A JUEVES  de 8:30am - 12:00m y de 1:00pm a 3:30pm

VIERNES DE 8:30am - 12:00m y de 1:00pm a 2:30pm


SERVICIOS

  1. Asistencia, asesoría y representación legal a personas jurídicas y personas naturales cubanas residentes en el exterior y extranjeras.
  2. Trámites Migratorios.
  3. Asesoría y representación para la adjudicación y cobro de herencias y otros fondos legítimos en el exterior, a personas naturales.
  4. Obtención y legalización de documentos para surtir efectos en Cuba y en el extranjero.
  5. Servicios notariales.

  • Obtención y Legalización de Antecedentes Penales.
    Los servicios de obtención y legalización de certificación de antecedentes penales de ciudadanos cubanos o extranjeros, para surtir efectos fuera del territorio nacional, se contrata solamente con las Sucursales de la Sociedad Civil de Servicios “Consultoría Jurídica Internacional S.A”, y en el extranjero a través de las oficinas consulares cubanas.
    Obtención de certificación de antecedentes penales: Tarifa (CUC) 50,00 y sellos 5.00
    Legalización de certificación de antecedentes penales: Tarifa (CUC) 15.00 y sellos 20.00
  • Legalización de documentos ante los consulados: Tarifa (CUC) 75,00 y sello 20.00
  • Obtención de certificaciones literales, nacimientos y matrimonios: Tarifa (CUC) 50,00 y sello 10.00
  • Obtención de certificación de capacidad legal: Tarifa (CUC) 100,00 y sello 10.00
  • Obtención de certificación de sentencias de divorcio: Tarifa (CUC) 150,00
  • Obtención de certificación de movimientos migratorios: Tarifa (CUC) 150,00 y sello 15.00
  • Obtención de certificación de notas y títulos: Tarifa (CUC) 250,00
  • Obtención de plan temático de estudios: Tarifa (CUC) 250,00
  • Obtención de certificación de graduado de nivel superior, independiente o para programa de estudio: Tarifa (CUC) 150,00
  • Obtención de certificación de programa de estudio o del plan temático cuando el cliente lo aporta: Tarifa (CUC) 100,00
  • Obtención de certificación de años de trabajo: Tarifa (CUC) 100,00
  • Obtención de certificación de habilitación para el ejercicio de la profesión: Tarifa (CUC) 250,00
  • Obtención de certificación de casuística: Tarifa (CUC) 350,00
  • Obtención de certificación de nivel académico: Tarifa (CUC) 250,00
  • Obtención de certificación acreditativa del plan temático y/o Programa de estudio: Tarifa (CUC) 100,00
  • Obtención de certificación de equivalencia de nivel académico: Tarifa (CUC) 250,00
  • Obtención de certificación de baja laboral o docente: Tarifa (CUC) 250,00
  • Obtención de certificación de experiencia laboral: Tarifa (CUC) 100,00
  • Obtención de otros documentos de estudio no relacionados anteriormente: Tarifa (CUC) 250,00
  • Reconocimiento de firma: Tarifa (CUC) 100,00
  • Legalización de documentos docentes en organismos centrales: Tarifa (CUC) 100,00
  • Legalización de documentos docentes en el Ministerio de Relaciones Exteriores: Tarifa (CUC) 100,00 y sello 40.00
  • Legalización de documentos no docentes, registrales y notariales de personas naturales en el Ministerio de Relaciones exteriores: Tarifa (CUC) 150,00 y sello 40.00 (notariales), 20.00 (registrales y no docentes)
  • Legalización de documentos societarios en el Ministerio de Relaciones Exteriores: Tarifa (CUC) 100,00 y sello 20.00

Están regulados en el Acuerdo 7538 del Consejo de Ministros de fecha 4 de marzo de 2014, y en la Resolución No. 71 de la Ministra de Justicia de fecha 26 de marzo de 2014, que entró en vigor el 7 de abril de 2014.

  • Consultas relacionadas con trámites migratorios: Tarifa (CUC) 25,00
  • Prórroga de pasaportes de ciudadanos cubanos residentes en el exterior: Tarifa (CUC) 80,00 y sello 20.00
  • Obtención de pasaportes de ciudadanos cubanos residentes en el exterior: Tarifa (CUC) 225,00 y sello 100.00

Formalización de matrimonios, otorgamiento de poderes generales y especiales, las protocolizaciones, divorcios, escrituras de compraventa y donaciones, cotejo de documentos, reconocimiento de firmas, expedición de copias, entre otros; siendo el más representativo la formalización de matrimonios entre ciudadanos cubanos y extranjeros, o cubanos residentes en el exterior, y en virtud de ello, a continuación ponemos en su conocimiento los requisitos a cumplir por cada parte:

  • Certificado o acta de nacimiento.
  • Pasaporte vigente o documento oficial de identidad con la tarjeta de embarque o visa turística.
  • Si es soltero la certificación de soltería (caduca a los 6 meses de expedido).
  • Si es divorciado sentencia firme de divorcio o certificación de divorcio.
  • Si es viudo certificación de matrimonio y de defunción del cónyuge.

Todos los documentos deben presentarse traducidos al idioma español y legalizados por el consulado de Cuba en el país donde fueron expedidos; si se tratare de un país donde no exista oficina consular cubana, deberán legalizarse en el consulado cubano radicado en el país más cercano.

• Carné de identidad
• Certificación de nacimiento
• Si es divorciado certificación de sentencia firme de divorcio o escritura notarial de divorcio.
• Si es viudo certificación de matrimonio y de defunción del cónyuge.

Si la contrayente fuera de estado conyugal divorciada, deberá aportar además certificado médico que acredite la gestación o no, en caso de que no hayan transcurrido aun 301 días posteriores al divorcio, dicho certificado deberá ser registrado en el centro asistencial donde fue expedido.


La parte extranjera, además de la documentación anterior, deberá enviar a Cuba para ser presentado ante el notario, los siguientes documentos:

Poder para contraer matrimonio otorgado ante notario público, en idioma español o traducido al español, debidamente legalizado en el consulado cubano del país donde fue expedido, si se tratare de un país donde no exista oficina consular cubana, deberán legalizarse en el consulado cubano radicado en el país más cercano. También puede otorgarse el poder directamente ante el cónsul de Cuba, y en cualquier caso deberá legalizarse en el MINREX antes de efectuar la solicitud.

Para que la parte extranjera pueda otorgar el poder debe disponer de los datos personales del contrayente cubano y de la persona a favor del cual otorgará el poder, que será quien lo representará en el acto del matrimonio, esta persona podrá ser cualquier familiar o amigo y de cualquier sexo, pero siempre deberá ser mayor de 18 años.

Los datos requeridos para el otorgamiento de este poder son:

  • Nombre y apellidos.
  • Lugar de nacimiento.
  • Ciudadanía.
  • Estado conyugal.
  • Ocupación.
  • Dirección particular.
  • Número de identidad permanente.

La ceremonia se fija en el momento de realizarse la solicitud, en atención a los intereses de los contrayentes, en un término de 72 horas después de haber efectuado dicha solicitud.

Los contrayentes deberán aportar además 2 testigos mayores de 18 años sin vínculo de parentesco con ellos, respecto a los cuales se necesitan los siguientes datos: Nombre y apellidos; Lugar de nacimiento; Ciudadanía; Estado conyugal; Ocupación; Dirección particular; y Número de identidad permanente.


Se entregarán dos certificaciones de matrimonio, una de ellas debidamente legalizada en el MINREX de Cuba para surtir efectos en el exterior, y otra para ser utilizada en el territorio nacional.

Honorarios

  • Por la instrucción del expediente matrimonial, formalización y entrega de 2 certificaciones de matrimonio: 525.00 CUC.
  • Por el personamiento del notario fuera de la sede de la CJI en horario laboral: 100.00 CUC.
  • Por el personamiento del notario fuera de la sede de la CJI en horario extra laboral: 150.00 CUC.
    Por la protocolización de las certificaciones de nacimiento, soltería o defunción aportadas para la formalización del acto: 100.00 CUC.
  • Inmediatez (servicio que se presta solamente por la formalización del matrimonio en un término de 24 horas): 75.00 CUC.

Ley No.113 “Del Sistema Tributario”, de fecha 23 de julio de 2012 en su título VI “Impuesto sobre Documentos”, artículo 221 establece, y cito “… Las personas jurídicas cubanas y extranjeras que operan en moneda libremente convertible o pesos convertibles y las personas naturales extranjeras y cubanas no residentes permanentes en el territorio nacional efectúan el pago de este impuesto a través de la compra de sellos del timbre en pesos convertibles (CUC). Las personas jurídicas cubanas que operan en pesos cubanos (CUP) y las personas naturales cubanas y extranjeras con residencia permanente en el territorio nacional efectúan el pago de este impuesto, a través de la compra de sellos del timbre en pesos cubanos (CUP), con excepción de aquellos trámites o documentos que expresamente se disponga en esta Ley o por el Ministro de Finanzas y Precios su pago en pesos convertibles (CUC).

Ratio: 2 / 5

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-» Ministerio de Justicia

1. Aceptación de Herencia y Adjudicación de Bienes.
2. Renuncia a la Herencia.
3. Testamento.
4. Revocatoria de Testamentos.
5. Entrega de Legados.
6. Donaciones de Vehículos.
7. Donaciones de Vivienda.
8. Donaciones de Participaciones.
9. Compra - Venta de Vehículos.
10. Compra - Venta de Viviendas.
11. Permuta de Viviendas.
12. Permuta de Viviendas con otros actos.
13. Remodelación de Viviendas.
14. Ampliación de Viviendas.
15. Cambio de uso de Locales.
16. Unificación de Viviendas.
17. División de Viviendas.
18. Otras acciones Constructivas.
19. Descripción de Obra.
20. Cesión de Uso de Azotea.
21. Liquidación de Copropiedad.
22. Liquidación de La Comunidad Matrimonial de Bienes.
23. Cesión de Participación a Título gratuito.
24. Poderes Especiales.
25. Revocatoria de Poderes.
26. Sustitución de Apoderamiento.
27. Matrimonios dentro y fuera de la Unidad Notarial.
28. Autorización para contraer Matrimonio de menores de edad.
29. Divorcios.
30. Modificación de convenciones.
31. Otras Escrituras.
32. Declaraciones Juradas.
33. Protocolización.
34. Declaratoria de Herederos.
35. De Protesto.
36. De Notoriedad.
37. De Perpetua Memoria.
38. De Requerimiento.
39. De Subsanaciones de Error y Omisión.
40. Otras Actas.
41. Habilitación de Libro.
42. Legitimación de Firma.
43. Cotejo de Documentos.
44. Vigencia de Ley.
45. Testimonio por exhibición.
46. Expedición de Copias.
47. Otros documentos no protocolizables.
48. Evacuación de consultas a la población.


1. Expedición de certificaciones basada en los asientos que abren en sus oficinas y las negativas que resultan de estas.
2. Expedición de certificación de capacidad legal para la formalización del matrimonio fuera del territorio nacional (un ciudadano residente permanentemente en el exterior con un ciudadano extranjero).
3. Solicitud por teléfono de certificaciones en extracto de todas las unidades del territorio nacional.
4. Subsanación de errores u omisiones. Cambio, adición, neodificación o supresión de nombre y apellidos.
5. Inscripción nacimiento, matrimonio y defunción.
6. Declaración jurada.
7. Reconocimiento de filiación (de progenitores e hijos).
8. Reconstrucción o inscripción total o parcial de folios.


1. Inscripción de inmuebles particulares

2. Inscripción de inmuebles estatales

3. Certificación de dominio


1. Servicio de Certificación de Antecedentes Penales

2. Cancelación de Antecedentes Penales


Dependencia del Ministerio de Justicia cuya función social es la de inscribir los Partes Testamentarios y Actas de Declaratoria de Herederos que se otorgan en cualquiera de las notarías del país, así como cualquier modificación o anulación de estos instrumentos notariales por Resolución Judicial. Esta inscripción se produce de oficio por parte del Registro, es decir las personas naturales no deberán hacer ninguna gestión. 

1. Inscribir Partes Testamentarios 

2. Inscribir Acta de Declaratoria de Herederos

3. Certificación la existencia o ausencia de testamentos o declaratoria de herederos

Para esta solicitud será necesario presentar: Certificación de Defunción del causante y 2 sellos del timbre de $5.00. Cualquier persona puede hacer la solicitud.

Si lo que se pretende es actualizar un Acta de Declaratoria de Herederos, será necesario presentar el acta en cuestión y $10.00 en sellos del timbre, que pueden ser 1 sello de $10.00 o 2 de $5.00.

El Acta de Declaratoria de Herederos que contenga en su margen expresión del tomo y folio tendrá validez por el término de un año contado a partir de su fecha de autorización.


Es la entidad encargada de hacer efectivas las responsabilidades civiles consistentes en la reparación de los daños materiales y la indemnización de los perjudicados, mediante el cobro a los sancionados y el pago a las víctimas del delito, en la misma medida en que se realicen los cobros.

Oficina provincial de Sancti Spíritus - Teléfono: 41325680 Ext. 105

-» Bufetes Colectivos


-» Consultoría Jurídica Internacional

Servicios legales a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, radicadas en Cuba y en el exterior, referidos a asistencia y representación ante los Organismos del Estado, Tribunales, Fiscalías, Cortes de Arbitraje, en todas las ramas del Derecho, así como servicios notariales, trámites migratorios y documentales y la venta de Pólizas de Seguro.
  • Asistencia, asesoría y representación legal a personas jurídicas y personas naturales cubanas residentes en el exterior y extranjeras.
  • Trámites Migratorios.
  • Asesoría y representación para la adjudicación y cobro de herencias y otros fondos legítimos en el exterior, a personas naturales.
  • Obtención y legalización de documentos para surtir efectos en Cuba y en el extranjero.
  • Legalización de documentos docentes
  • Servicios notariales para la formalización de matrimonios, otorgamiento de poderes generales y especiales, las protocolizaciones, divorcios, escrituras de compraventa y donaciones, cotejo de documentos, reconocimiento de firmas, expedición de copias

Comentarios recientes:

  • Buzón ciudadano
    Deyniel 04.01.2022 01:30
    Hola, les escribo por una duda y una preocupación, se que a lo mejor ni respuesta voy a tener o una misma máquina lo hará, solo quiero saber como es posible que con la escases y el trabajo que le da a cada trabajador hacer sus compras , y con lo ...

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  • Buzón ciudadano
    Dileán 26.10.2021 12:26
    Yo quisiera saber quién es la persona encargada de piner y quitar la luz. Siempre sucede en periodo de tiempo regular. Debe haber alguien en el mismo turno que está haciendo lo posible para que la población del circuito 119 se moleste. Atentos a lo ...

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  • Buzón ciudadano
    Anna Lidia 10.09.2021 13:53
    extender el horario de servicios de la farmacia del 12 plantas. Hoy se desmayó encima de mi rompiendose la cabeza un anciano, el que, al igual de muchos otros de la cola, llevaba días tratando de adquirir sus medicamentos. La solución de este problema ...

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